Exenta de presentar impuestos de sociedades en 2016

Enero es el mes para pagar estas cosas. Tras una llamada a la Diputación Foral de Bizkaia os podemos compartir que estamos exentos de presentar impuestos de sociedades para el año 2016.

Ver artículo 126 Norma foral Bizkaia 11/2013.

1. Los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir una declaración por este Impuesto en el lugar y la forma que se determinen por el diputado foral de Hacienda y Finanzas.

(…)

3. (…) No obstante, los citados contribuyentes no tendrán obligación de presentar declaración cuando cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales.
  • Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales.
  • Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.

Cumplimos las tres condiciones, por lo tanto no hace falta presentar impuesto de sociedades ni IVA para el año 2016.

Impuesto de actividades económicas

No es necesario que nos demos de alta porque no se está desarrollando actividad. Que los socios disfruten del servicio que les ofrece la asociación no es considerado actividad económica. Otra cosa sería que algún no socio pagara por tener esos mismos servicios, o que la asociaciónp restara algún servicio a un tercero a cambio de una contrapartida económica.

IRPF

Cuando vayamos a empezar a pagar a profesionales por mantener los servidores y la gestión administrativa habrá que darse de alta como retenedor y al final de trimestre presentar el modelo 110 trimestral de IRPF retenido. No hay que presentarlo si no se ha retenido IRPF.
En enero de cada año se presenta el 190 resumen del curso anterior.